Con la asistencia de
La iniciativa, que se extiende desde el 8 de agosto hasta el 8 de septiembre, pretende que los niños del programa Puente y Chile Solidario, que egresan el año 2006, sean seleccionados con el beneficio.
En
La campaña, patrocinada por UNICEF, Fosis, Integra, Prodemu y Fundación La Familia, tienen como objetivo instalar un sistema de protección a la infancia, destinado a regular las oportunidades de desarrollo de los niños y niñas chilenos, en sus primeros años de vida, independiente de su origen social, género, o de la conformación de su hogar.
La convocatoria del municipio se realizó el Jueves
En osorno se realizó una reunión motivacional con los empresarios de la provincia para que se sumen a
Hay que señalar, que el objetivo de esta iniciativa es obtener “camas” para que niños y niñas del país que no cuenta con esta posibilidad, duerman en una cama propia y digna. Con ello se busca entregar un espacio de intimidad, un espacio para soñar, para descansar, para jugar. Además el tener una cama promueve un mejor desarrollo y previene enfermedades.
La Campaña “Un niño, una cama, camas para mi país” es una iniciativa impulsada a nivel nacional por UNICEF, Fosis, Prodemu, Fundación de la Familia, Fundación Integra y se enmarca dentro de uno de los compromisos de la Presidenta de la República, Michelle Bachelet.
La actividad estuvieron presentes diferentes empresarios de los rubros más diversos, como también se contó con la participación del Obispo de Osorno, Monseñor René Rebolledo, quien a través de sus palabras llamó a los empresarios a colaborar con su aporte solidario a esta campaña que pretende mejorar la calidad de vida de miles de niños en el país.
El gobernador de Osorno, Bernardo Candia, manifestó que esta es una oportunidad para que los osorninos participen activamente al igual que la empresa privada, porque “fundamentalmente se busca ayudar a los niños que más lo necesitan, de los que pertenecen al estrato económico más vulnerable, quedan sólo algunos días para que todos sumemos esfuerzos destinados a apoyar esta noble campaña que se celebra en el mes de la solidaridad”.
Por su parte, la directora regional de Prodemu, manifestó que los empresarios que deseen sumarse a esta cruzada de bien común, pueden realizarlo a través de distintos mecanismos como depósitos en cuentas bancarias en Banco Estado N° 4560256 de Fundación INTEGRA, en la cuenta número 2046 del Banco Estado o través del callcenter 188 600 600 2121 y la página web de UNICEF www.unicef.cl, mediante transferencia desde cuenta corriente o pago con tarjeta de crédito.
En la Región de Los Lagos se beneficiará a tres mil 620 menores entre los
1 comentario:
!LIBERTAD Y TRATO DIGNO A LOS PERROS PRESOS EN LA PERRERA DE PURRANQUE!
DEBIDO A QUE ECHO DE MENOS UNA SECCIÓN SOBRE EL TRATO A LOS ANIMALES; ME PERMITO ENVIARLES LAS DECLARACION UNIVERSAL DEL DERECHO DE ÉSTOS:
En la "perrera" de Purranque se mantienen prisioneros en las condicionas más lamentables a una serie de perros vagos, amarrados con cadena, dentro de unas jaulas inmundas.
Es hora de crear un proyecto financiado por el Estado, para que se pueda cuidar a estos pobres seres vivos, se realice un tratamiento de esterilizaciones y de salud (vacunas, tratamientos antiparasitarios) ; además difundir en los colegios una conciencia de trato digno.
Los perros vagos tienen derecho a vivir en forma decente y si no hay condiciones otorgadas por la Municipalidad, se les debe dejar libres en las calles y procurar su alimentación; además de realizar una campanya en la población para que sean tratados con misericordia.
Le ruego al Alcalde que se estudie bien esta declaración,(los terneros también tienen derecho a morir con dignidad, ejem, ejem.).
Declaración Universal de los Derechos del Animal
PREAMBULO
·Considerando que todo animal posee derechos
·Considerando que el desconocimiento de dichos derechos
ha conducido y sigue conduciendo al hombre a
cometer crímenes contra la naturaleza y
contra los animales
·Considerando que el reconocimiento por parte de la especie
humana de los derechos a la existencia de las
otras especies animales, constituye el fundamento
de la coexistencia de las especies en el mundo
·Considerando que el hombre comete genocidio y existe la amenaza
de que siga cometiéndolo
·Considerando que el respeto hacia los animales por el
hombre está ligado al respeto de los
hombres entre ellos mismos
·Considerando que la educación debe enseñar, desde la
infancia, a observar, comprender,
respetar y amar a los animales
SE PROCLAMA LO SIGUIENTE:
Artículo 1º
Todos los animales nacen iguales ante la vida y tienen los
mismos derechos a la existencia.
Artículo 2º
a) Todo animal tiene derecho al respeto.
b) El hombre, en tanto que especie animal, no puede atribuirse el
derecho de exterminar a otros animales o de explotarlos violando ese
derecho. Tiene la obligación de poner sus conocimientos al servicio
de los animales.
c) Todos los animales tienen derecho a la atención, a los cuidados y a
la protección del hombre.
Artículo 3º
a) Ningún animal será sometido a malos tratos ni a actos crueles.
b) Si es necesaria la muerte de un animal, ésta debe ser instantánea,
indolora y no generadora de angustia.
Artículo 4º
a) Todo animal perteneciente a una especie salvaje, tiene derecho a
vivir libre en su propio ambiente natural, terrestre, aéreo o
acuático y a reproducirse.
b) Toda privación de libertad, incluso aquella que tenga fines
educativos, es contraria a este derecho.
Artículo 5º
a) Todo animal perteneciente a una especie que viva tradicionalmente en
el entorno del hombre, tiene derecho a vivir y crecer al ritmo y en
las condiciones de vida y de libertad que sean propias de su especie.
b) Toda modificación de dicho ritmo o dichas condiciones que fuera
impuesta por el hombre con fines mercantiles, es contraria a dicho
derecho.
Artículo 6º
a) Todo animal que el hombre ha escogido como compañero, tiene derecho a
que la duración de su vida sea conforme a su longevidad natural.
b) El abandono de un animal es un acto cruel y degradante.
Artículo 7º
Todo animal de trabajo tiene derecho a una limitación razonable del
tiempo e intensidad del trabajo, a una alimentación reparadora y al
reposo.
Artículo 8º
a) La experimentación animal que implique un sufrimiento físico o
psicológico es incompatible con los derechos del animal, tanto si se
trata de experimentos médicos, científicos, comerciales, como toda
otra forma de experimentación.
b) Las técnicas alternativas deben ser utilizadas y desarrolladas.
Artículo 9º
Cuando un animal es criado para la alimentación debe ser nutrido,
instalado y transportado, así como sacrificado, sin que de ello resulte
para él motivo de ansiedad o dolor.
Artículo 10º
a) Ningún animal debe ser explotado para esparcimiento del hombre.
b) Las exhibiciones de animales y los espectáculos que se sirvan de
animales son incompatibles con la dignidad del animal.
Artículo 11º
Todo acto que implique la muerte de un animal sin necesidad es un
biocidio, es decir, un crimen contra la vida.
Artículo 12º
a) Todo acto que implique la muerte de un gran número de animales
salvajes es un genocidio, es decir, un crimen contra la especie.
b) La contaminación y la destrucción del ambiente natural conducen al
genocidio.
Artículo 13º
a) Un animal muerto debe ser tratado con respeto.
b) Las escenas de violencia en las cuales los animales son víctimas,
deben ser prohibidas en el cine y en la televisión, salvo si ellas
tienen como fin el dar muestra de los atentados contra los derechos
del animal.
Artículo 14º
a) Los organismos de protección y salvaguarda de los animales, deben ser
representados a nivel gubernamental.
b) Los derechos del animal deben ser defendidos por la Ley, como lo son
los derechos del hombre.
Este texto definitivo de la Declaración Universal de los
Derechos del Animal ha sido adoptado por la
Liga Internacional de los Derechos del Animal y las
Ligas Nacionales afiliadas tras la 3.ª reunión
sobre los derechos del animal, celebradas en
Londres del 21 al 23 de septiembre de 1977.
La declaración proclamada el 15 de octubre de 1978 por la
Liga Internacional, las Ligas Nacionales y las personas
físicas que se asocien a ellas, fue aprobada por la
Organización de las Naciones Unidas para la Educación
la Ciencia y la Cultura (UNESCO), y posteriormente por la
Organización de las Naciones Unidas (ONU).
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